Iván Ljubetic Vargas, historiador del
Centro de Extensión e Investigación
Luis Emilio Recabarren, CEILER
CAPÍTULO XIV: PRESIDENTA BACHELET PROMULGA LEY RICARTE
SOTO
Con un emotivo homenaje al periodista Ricarte
Soto, la Presidenta Michelle Bachelet promulgó este lunes 1 de junio de 2015 la
ley que crea el sistema de protección financiera para diagnósticos y
tratamientos de alto costo, inspirada en el fallecido comunicador. Este sistema
cubrirá en un 100% el costo de las prestaciones relacionadas a los
diagnósticos, tratamientos, medicamentos, alimentos y dispositivos de uso
médico que estén cubiertos por esta ley. Dicha legislación beneficiará a todos
los afilados a los sistemas de salud en Chile, es decir, Fonasa, Isapres,
Fuerzas Armadas e independientes.
"Hoy es un día importante y emotivo
también, porque se combinan la alegría de ver este anhelo cumplido con el justo
reconocimiento y homenaje a la persona de Ricarte Soto por su lucha y hasta el
último día de su vida, por visibilizar y activar a la sociedad en torno a la
realidad de las personas que sufren enfermedades con diagnóstico y tratamiento
de alto costo. Su lucha fue más que cubrir estos tratamientos, su cruzada
convocó y sensibilizó a una ciudadanía completa, nos remeció a cada uno de
nosotros", dijo la Mandataria. Junto con destacar que se trata de una ley
de origen "ciudadano" y que Chile vuelve a ser "pionero"
–como hace 10 años cuando se implementó el plan Auge- al contar con un sistema
de salud que garantiza derechos fundamentales a su población, la jefa de Estado
además agradeció el trabajo hecho por el Congreso para despachar la iniciativa.
Al mismo tiempo, Bachelet hizo una mención especial al rol que jugó la pareja
del fallecido Ricarte Soto, la periodista Cecilia Rovaretti, en sacar adelante
el proyecto. "Te doy las gracias no sólo a nombre del Gobierno, sino de
las miles de familias que gracias a esta ley ven una luz de esperanza y un
apoyo a donde antes no había nada". Por su parte, Rovaretti aludió a lo
rápido que avanzó este proyecto, pero llamó a no olvidar que se debe seguir
trabajando para que este fondo crezca, se puede avanzar, y además de manera muy
segura porque hay una base muy sólida. No hay vuelta atrás, nadie podrá
desconocer el derecho adquirido que establece esta ley", agregando que el
fallecido comunicador estaría feliz con la nueva legislación.
ENTRA
EN VIGENCIA LEY RICARTE SOTO
El viernes 4 de diciembre de 2015 se publicó
en el Diario Oficial el decreto que pone en operación la primera fase de
regulación de la Ley 20.850, más conocida como "Ley Ricarte Soto",
entrando así en vigencia la legislación que cubre un total de 11 patologías de
alto costo.
Aquellas personas que padecen alguna de estas
enfermedades priorizadas en la Ley, tendrán la posibilidad de optar a una
cobertura financiera y garantía de oportunidad a los tratamientos de alto costo
con sistema de protección financiera de la ley Decreto número 532 exento, de
2015.
Tratamientos
de alto costo
La ley se encuentra diseñada justamente para
incorporar los tratamientos de alto costo de enfermedades poco frecuentes, los
que por definición no cumplen los criterios del AUGE.
Un fondo total de $30 mil millones hasta el
mes de diciembre son los que contempla la implementación de la "Ley
Ricarte Soto" que cubrirá el costo de tratamientos basados en
medicamentos, dispositivos médicos y alimentos de alto costo con efectividad
probada.
Semanas previas a que comenzara a regir la Ley
Ricarte Soto, desde el Minsal detallaron que la iniciativa beneficiará a cerca
de 2.400 usuarios. Además, explicaron que algunas enfermedades que hasta ahora
eran cubiertas por Fonasa pasan a formar parte de esta ley que para 2016
contará con un presupuesto de $60 mil millones.
Las
11 patologías cubiertas
1.
Laronidasa como tratamiento para Mucopolisacaridosis Tipo I
2.
Idursulfasa como tratamiento para para Mucopolisacaridosis Tipo II
3.
Galsufasa como tratamiento para Mucopolisacaridosis Tipo VI
4.
Nitisinona como tratamiento para Tirosinemia Tipo I
5.
Abatacept o Rituximab para Artristis reumatoide refractaria a
tratamiento habitual.
6.
Fingolimod o Natalizumab para Esclerosis múltiple refractaria a
tratamiento habitual
7.
Taliglucerasa o Imiglucerasa como tratamiento para para enfermedad de
Gaucher
8.
Agalsidasa como tratamiento para la enfermedad de Fabry
9.
Iloprost inhalatorio, Ambrisentar o Bosentan para Hipertensión arterial
pulmonar grupo I
10.Plivizumab para profilaxis de virus
respiratorio sincicial en prematuros con Displacia Broncopulmonar para menores
de 32 semanas de edad gestacional y/o 1.500 gramos al nacer.
11.Trastuzumab para al Cáncer de mamas que
sobreexprese el gen HER2
¿Qué
cubre el sistema?
Se incorporarán al fondo sólo los medicamentos
que sean seguros y efectivos para los pacientes según criterios científicos,
económicos y sociales. El objetivo es entregar medicinas y alimentos de alto
costo que tengan efectividad probada.
¿A
quiénes beneficia?
Actualmente el Estado financia el tratamiento
de aproximadamente 2 mil personas que sufren enfermedades poco corrientes de
alto costo. Cuando el nuevo fondo entre en régimen (en el año 2018), su
cobertura abarcará a 20 mil personas con un presupuesto de $200 mil millones de
pesos.
Inicialmente se incorporarán los medicamentos
de alto costo y poco frecuentes que son financiados por Fonasa y el beneficio
se extenderá a beneficiarios de Isapres y FFAA.
¿Cómo
acceder a los beneficios?
Al igual que con las patologías incluidas en
el plan AUGE, las personas que padezcan enfermedades consideradas por la Ley
Ricarte serán notificadas por su médico tratante.
Para quienes tienen otras enfermedades que no
aparecen en la lista, como hipertensión o diabetes, existe otro beneficio
llamado Fondo de Medicamentos.