Iván Ljubetic Vargas,
historiador del
Centro de Extensión e
Investigación
Luis Emilio
Recabarren, CEILER
La franja televisiva del rechazo es la continuación "teatralizada" de la campaña de las Fake News (Noticias Falsas) de la derecha. Derecha que, durante toda su historia, se opuesto a los cambios. Lo hizo actuando contra Bernardo O'Higgins, José Manuel Balmaceda, Pedro Aguirre Cerda y Salvador Allende.
Derecha que ha cambiado de táctica. Ha escondido a sus repudiados rostros y ha colocado al frente de la campaña a una llamada "centro izquierda", que tiene mucho más de derecha que de centro. Entre estas y estos "centroizquierdistas" tenemos a Soledad Alvear, Ximena Rincón, Gutenberg Martínez, Ignacio Briones.
La franja de la derecha intenta invalidar el valioso texto
de la propuesta de Constitución de
Reiteran que “los padres no
podrán elegir donde estudien sus hijos”. Ello a pesar que en
Artículo 41 1. Se garantiza la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla.
2. Esta comprende la libertad de madres, padres, apoderadas, apoderados y tutores legales a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes.
En la franja de la derecha aparece un pensador que bajo la ducha musita: ¿Por qué dos, si la justicia es ciega?
Es la teatralización de la mentira falsa: Con la nueva Constitución existirán dos justicias en Chile, sin unidad entre ellas.
Esto a pesar que en
Artículo 308 Los tribunales de justicia se estructuran conforme al principio de unidad jurisdiccional como base de su organización y funcionamiento y están sujetos al mismo estatuto jurídico y a los mismos principios.
Artículo 309 1. El Estado reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos y naciones indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia. Estos deberán respetar los derechos fundamentales que establecen esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte.
2. La ley determinará los mecanismos de coordinación, de cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales.
Y que en la página 118 de texto leemos:
Artículo 327 El Sistema Nacional de Justicia está
integrado por la justicia vecinal, los tribunales de instancia, las cortes de
apelaciones y
Artículo 328 1.
Artículo 329
CONCLUSIÓN: La
propuesta de Constitución para