Iván Ljubetic Vargas,
historiador del
Centro de Extensión e
Investigación
Luis Emilio Recabarren,
CEILER
La masacre de
Fue entonces cuando mujeres
revolucionarias tomaron la antorcha de la lucha. Una de ellas se llamaba Teresa
Flores y era una muchacha de Iquique,
proletaria de veinte y dos años
de edad.
Ella, siguiendo el ejemplo de
las mujeres de Antofagasta e inspirada por la feminista española Belén de
Sárraga, el 17 abril de 1913 creó el
Centro Femenino anticlerical “Belén de
Sárraga” de Iquique, una de las primeras organizaciones de mujeres en Chile
con una orientación revolucionaria.
Teresa Flores escribió en ‘El Despertar de los Trabajadores’, con fecha 21 de abril de 1914, refiriéndose a Belén de Sárraga, conferencista socialista y anticlerical española: “Ella ha dado al socialismo de Tarapacá un contingente femenino que habría tardado en despertar, si no hubiera vibrado aquí , con clarinada de bronce.”
El 11 de mayo de 1935 nació el
Movimiento Pro-Emancipación de las Mujeres de Chile (MEMCH). Una organización
no gubernamental, creada para contribuir a la igualdad de derechos de las
mujeres en la sociedad, el fortalecimiento y articulación del movimiento de las
mujeres chilenas e impulsar el ejercicio de su ciudadanía.
Pronto el MENCH logró expandirse en distintos sectores del
país como Antofagasta, Tocopilla, Valparaíso, San Antonio, Concepción, Temuco y
Valdivia, entre otros puntos.
Esta capacidad para
desarrollar importantes actividades no
sólo en Santiago, sino también en
diversas provincias, le permitió
al MENCH expandir sus ideales y proyectos a través de todo el territorio
en una época caracterizada por un de fuerte centralismo político. Fue ésta una
de sus características más relevantes
del MEMCH y de otras organizaciones feministas de esa época.
El MEMCH estuvo presente en las distintas etapas de la
historia de la lucha de las mujeres chilenas por alcanzar sus derechos.
Sus fundadoras fueron mujeres
avanzadas chilenas, entre ellas profesoras, otras profesionales y obreras. La
mayoría comunistas (militantes o simpatizantes): Elena Caffarena, Olga Poblete,
María Marchant, Gabriela Mandujano, Felisa Vergara, Marta Vergara, Eulogia
Román, Domitila Ulloa, Flora Heredia, Evangelina Matte, Aída Parada, María Ramírez, Clara Williams y
Norma Contreras.
El MEMCH permaneció activo
durante dieciocho años y jugó un protagónico papel en las luchas que libraron
las mujeres de esa época.
En 1944 tuvo lugar el Primer Congreso Nacional de Mujeres. De él
surgió
Su rechazo al fascismo como ideología política y la cercanía ideológica de sus integrantes a la izquierda chilena, en particular al Partido Comunista, vinculó estrechamente al MENCH con el Frente Popular.
Transcurridos 109 años de la creación del Centro Femenino
Belén de Sárraga de Iquique y 87 años de la fundación del Movimiento
Pro-Emancipación de las Mujeres de Chile (MEMCH), las mujeres y todo el pueblo chileno se encuentra ante la posibilidad de hacer
realidad los sueños y anhelos del feminismo.
FEMINISMO Y EL PLEBISCITO DEL 4 DE SEPTIEMBRE 2022
Esa oportunidad se dará el 4 de septiembre de 2022,
votando APRUEBO en el Plebiscito de salida. Ello por en
VERDADERA IGUALDAD
Artículo 2. (Chile) “Se constituye como una república solidaria. Su democracia es inclusiva y paritaria. Reconoce como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza”. (Página 5)
Artículo 6 1. El Estado promueve una sociedad donde
mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexuales y de género participen en
condiciones de igualdad sustantiva, reconociendo que su representación efectiva
es un principio y condición mínima para el ejercicio pleno y sustantivo de la
democracia y la ciudadanía. (Página 6)
DECIDIR SOBRE SU CUERPO
Artículo 61 1. Toda persona es titular de derechos
sexuales y reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir
de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio
de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción. (Página 25)
IGUALDAD DE GÉNERO
Artículo 25 1. Toda persona tiene derecho a la igualdad,
que comprende la igualdad sustantiva, la igualdad ante la ley y la no
discriminación. Es deber del Estado asegurar la igualdad de trato y
oportunidades. En Chile no hay persona ni grupo privilegiado. Queda prohibida
toda forma de esclavitud.
3. El Estado asegura la igualdad de género para las
mujeres, niñas, diversidades y disidencias sexuales y de género, tanto en el
ámbito público como privado. (Página
11)
SIN VIOLENCIA DE GÉNERO
Artículo 27 1. Todas las
mujeres, las niñas, las adolescentes y las personas de las diversidades y
disidencias sexuales y de género tienen derecho a una vida libre de violencia
de género en todas sus manifestaciones, tanto en el ámbito público como en el privado,
sea que provenga de particulares, instituciones o agentes del Estado. (Página 12)
IGUAL PEGA IGUAL PAGO
Artículo 46. 2. Las
trabajadoras y los trabajadores tienen derecho a una remuneración equitativa,
justa y suficiente, que asegure su sustento y el de sus familias. Además,
tienen derecho a igual remuneración por trabajo de igual valor. (Página 19)
TRABAJOS DOMÉSTICOS
Artículo 49 1. El Estado
reconoce que los trabajos domésticos y de cuidados son trabajos socialmente
necesarios e indispensables para la sostenibilidad de la vida y el desarrollo
de la sociedad. Constituyen una actividad económica que contribuye a las
cuentas nacionales y deben ser considerados en la formulación y ejecución de
las políticas públicas.
2. El Estado promueve la corresponsabilidad social y de género e implementará mecanismos para la redistribución del trabajo doméstico y de cuidados, procurando que no representen una desventaja para quienes la ejercen. (Página 21)