Iván
Ljubetic Vargas, historiador del
Centro de
Extensión e Investigación
Luis Emilio
Recabarren, CEILER
El miércoles 24 de agosto de
2022 Chile fue estremecido por los medios de comunicación: Héctor Llaitul
Catrillanca, líder de la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM) fue detenido y
enviado a Temuco.
Esto volvió a poner en un primerísimo plano el “Conflicto
de la Araucanía”. Acusan con razón a Llaitul de violentista.
Pero se olvida la violencia ejercida por el Estado chileno contra los pueblos
originarios, en especial contra el pueblo-nación mapuche por años.
Nos preguntamos, ¿por qué no
detienen también a los capitalistas dueños de las forestales que ejercen la
violencia contra la naturaleza y los mapuches en la llamada macrozona sur?
Según la Corporación Nacional
Forestal (CONAF), en el año 2017 la superficie cubierta de bosques nativos
representa el 23,3% del territorio nacional con 17,6 millones de hectáreas,
mientras que las plantaciones forestales cubren una superficie aproximada de
tres millones de hectáreas, equivalentes al 4,07% del total de bosques de
Chile.
DOS EMPRESAS FORESTALES
¿A quién pertenecen esos tres
millones de hectáreas dedicadas a la actividad forestal? A dos grandes bloques
económicos: ARAUCO y CMPC, grupos que están en toda la cadena de la economía
chilena.
La empresa ARAUCO nació en
1979 al unirse las compañías Celulosa
Arauco S.A. y Celulosa Constitución S.A., creadas y privatizadas por CORFO. Fueron
compradas por Copec S.A, (antiguamente Compañía de Petróleos de Chile S.A),
cuyos principales intereses están en el rubro forestal, distribución de
combustibles, pesca y minería. Pertenece a la familia Angelinni.
La empresa ARAUCO
es una de las mayores empresas
forestales del mundo, alcanzando en el año 2017 ventas por 2.451 millones de
dólares, algo así como 1.607 billones de pesos.
El segundo bloque económico
dueño de forestales es la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones
(CMPC) creada en el año 1920. Se dedica
a la elaboración de productos de madera, celulosa, papel, embalaje y tissue en
Latinoamérica. Pertenece a la familia
Matte.
Posee plantaciones forestales
en Argentina, Brasil y Chile. Es uno de los mayores grupos forestales de
Latinoamérica, produce alrededor de cuatro millones de toneladas de celulosa
anualmente.
EL IMPACTO NEGATIVO DE LAS FORESTALES
En Chile las empresas
forestales se dedican principalmente a la plantación y explotación de dos
especies, pino radiata y eucalipto. Estas se definen como especies exóticas
invasoras (EEI) porque no son originarias de este territorio. Estas especies
tienen un impacto negativo en las especies nativas y en los ecosistemas en los
que habitan. Las EEI han sido responsables de la extinción de varias especies
de plantas y animales en el planeta, ya que generan efectos como la
introducción de enfermedades, parásitos, depredación, entre otros.
Estas especies tienen un consumo de agua parecido a las
otras, pero su crecimiento es cuatro o cinco veces más acelerado, por lo que su
consumo de agua es mucho mayor.
Algunas especies nativas de Chile son el ulmo, el coigüe, la
lenga, el roble, el canelo, el espino, el boldo, la palma chilena, el ciprés,
el raulí, la araucaria y el alerce.
LEGISLACIÓN PARA USO
FORESTAL: HERENCIA DE PINOCHET
En Chile, las empresas forestales se rigen mediante el
Decreto de Ley 701, de 1974, firmado por
el entonces Ministro de economía Fernando Leniz y el director de la CORFO, Julio Ponce Lerou,
exyerno de Pinochet, con el objetivo de reactivar la economía del país a través
del fomento de la forestación.
El Decreto-Ley establece
que: “Los terrenos declarados de aptitud
preferentemente forestal, los bosques naturales y los bosques artificiales
estarán exentos del impuesto territorial” y agrega que “Durante el plazo de 10
años, el Estado bonificará en un 75% de su valor la forestación y su manejo que
realicen a partir de la fecha del presente decreto ley”, además indica a la Corporación Nacional
Forestal (CONAF), corporación de derecho privado que administra recursos
estatales, como la encargada de fijar el valor de los costos de plantación y manejo
por hectárea.
Este Decreto solo beneficia a
grupos económicos dueños de grandes forestales, ya que, según el Catastro de
los Recursos Forestales de 1997 y Censo Nacional Agropecuario 2007, el 78% de
las plantaciones pertenecen a grandes propietarios, frente al 4% que se
encuentran en manos de pequeños.
El decreto 701,
ha sido prorrogado por todos los gobiernos de la Concertación. Piñera,
en su primer mandato, presentó una ley para prorrogar dicho decreto por 20 años
más, proyecto que fue aprobado por la cámara de diputados y diputadas.
POBREZA EN LA ARAUCANÍA
La encuesta Casen realizada en el año 2015, reveló que la
región de la Araucanía
alcanza el más alto porcentaje de personas en situación de pobreza del país.
Según la taza de
ingresos por comuna realizada en el año 2017, en la cual, el mayor porcentaje
de personas en situación de pobreza por ingresos, son las comunas de Galvarino
(37,3%), Saavedra (35,4%), Toltén
(35,1%), Chol-Chol (41,5%), Lonquimay (33,5%), Lumaco (33,3%) y Loncoche (30,2%):
todos municipios de la Región
de La Araucanía.
En comparación, otras comunas como Estación Central
(5,8%), La Pintana
(14,1%), y Pozo Almonte (10,4%): la diferencia de porcentajes es altísima.
Otro de los resultados que dejó al descubierto la encuesta
Casen del año 2015, fue que La
Araucanía está entre las regiones con mayor tasa de
analfabetismo (un 5,5% frente al promedio nacional del 3,1%). Además, La Araucanía es la región
del país que muestra la menor tasa de participación laboral (un 51,7% frente al
promedio nacional del 58,3%), y, junto a la Región de Biobío, es una de las regiones con
menor tasa de ocupación (47,7%) frente al promedio nacional (54,0%).
La Araucanía es la región del país que exhibe el más alto porcentaje
de población que declara pertenecer o descender de algún pueblo indígena
(31,7%).
(FUENTE: Capucha Informativa:
“Forestales en la Araucanía:
extractivismo, pobreza y represión” (15 de septiembre de 2020).
LA SOLUCIÓN AL CONFLICTO EN LA
ARAUCANÍA
Hace algunos días en el Programa “Días Contados” de Vía X,
al historiador y gran conocedor del pueblo-nación mapuche, José Bengoa, le
preguntaron cuál, en su opinión sería la solución al conflicto de la Araucanía. Respondió
mencionando a un librito azul que anda por ahí circulando. En él -dijo- hay
toda una carta de navegación para irlo resolviendo. Se refería a la Propuesta de
Constitución Política de la
República de Chile.
Tiene toda la razón el historiador José Bengoa. Veamos
algunos artículos de la
Propuesta de Constitución Política de la República de Chile, relativo a los pueblos originarios:
Artículo 1. Chile es un Estado social y democrático de
derecho. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico. (Página 5)
Artículo 2 1. La soberanía reside en el pueblo de Chile,
conformado por diversas naciones. Se ejerce democráticamente, de manera directa
y representativa, reconociendo como límite los derechos humanos en cuanto
atributo que deriva de la dignidad Artículo humana. (Página 5)
Artículo 3.- “Chile, en su diversidad geográfica, natural,
histórica y cultural, forma un territorio único e indivisible”. (Página 5)
Artículo 5 1. Chile reconoce la coexistencia de diversos
pueblos y naciones en el marco de la unidad del Estado.
2. Son pueblos y naciones indígenas preexistentes los
Mapuche, Aymara, Rapanui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango,
Kawésqar, Yagán, Selk'nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que
establezca la ley. (Página 5)
Artículo 79 1. El Estado
reconoce y garantiza, conforme con la Constitución, el derecho de los pueblos y
naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos.
2. La propiedad de las tierras
indígenas goza de especial protección. El Estado establecerá instrumentos
jurídicos eficaces para su catastro, regularización, demarcación, titulación,
reparación y restitución.
3. La restitución constituye un mecanismo preferente de
reparación, de utilidad pública e interés general.
4. Conforme con la Constitución y la
ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos
que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios
y sean indispensables para su existencia colectiva. (Página 29)
Artículo 234 1. La autonomía
territorial indígena es la entidad territorial dotada de personalidad jurídica
de derecho público y patrimonio propio, donde los pueblos y naciones indígenas
ejercen derechos de autonomía en coordinación con las demás entidades
territoriales. Es deber del Estado reconocer, promover y garantizar las
autonomías territoriales indígenas para el cumplimiento de sus fines.
Artículo 235 La ley deberá
establecer las competencias exclusivas de las autonomías territoriales
indígenas y las compartidas con las demás entidades territoriales. Las
autonomías territoriales indígenas deberán tener las competencias y el
financiamiento necesarios para el adecuado ejercicio del derecho de libre
determinación de los pueblos y naciones indígenas. (Página 80)
Artículo 252 1. El Congreso de Diputadas y Diputados es un
órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representa al pueblo. Concurre
a la formación de las leyes y ejerce las demás facultades encomendadas por la Constitución.
2. El Congreso está integrado por un número no inferior a
ciento cincuenta y cinco integrantes electos en votación directa por distritos
electorales. Una ley de acuerdo regional determinará el número de integrantes,
los distritos electorales y la forma de su elección, atendiendo al criterio de
proporcionalidad.
3. Los escaños
reservados en el Congreso de Diputadas y Diputados para los pueblos y naciones
indígenas serán elegidos en un distrito único nacional. Su número se define en
forma proporcional a la población indígena en relación con la población total
del país. Se deben adicionar al número total de integrantes del Congreso. La
ley regulará los requisitos, los procedimientos y la distribución de los
escaños reservados. (Página
82)
¿Qué significan estos artículos? Que se terminan los eternos abusos y despojos
de los pueblos originarios, que se firma la paz con ellos.
Estos son artículos relativos a la plurinacionalidad
que preocupan a los grandes empresarios, especialmente a los forestales.
EL ERROR POLÍTICO DE HÉCTOR LLAITUL
El grave error político de
Héctor Llaitul, y quienes piensan y actúan como él, es no tener en cuenta el
contexto en que desarrollan sus acciones violentas y proclaman la lucha armada.
Confunden la situación existente en una dictadura fascista, como la de
Pinochet, en que se llevó a cabo un
genocidio contra el pueblo chileno y en la cual se justificó el uso de todos
los medios de lucha, con un gobierno progresista como el que encabeza el
Presidente Gabriel Boric, que se inició tendiéndole la mano a los pueblos
originarios.
Una vez más, los porfiados
hechos confirman que las posiciones pequeñoburguesas, el ultraizquierdismo, no
hace otra cosa que favorecer a las clases dominantes, llevar agua al molino de
la reacción.
La solución real al conflicto en la Araucanía está en la Nueva Constitución
elaborada democráticamente por la Convención
Constitucional. Y la burguesía chilena se afana y utiliza el
caso Llaitul intentando que el 5 de septiembre de 2022 siga vigente la Constitución de
Pinochet.