miércoles, 10 de abril de 2013

Vindicación a la Rebelión (Popular de Masas)








Vindicación a la Rebelión (Popular de Masas)



Escrito por Carlos Arrué (*)  

¿Fue legítimo el empleo de todas las formas de lucha en contra de la dictadura militar? La ciencia política dista mucho de sostener la misma opinión que muchos políticos sostienen. Decir, por ejemplo, que hay que condenar la violencia, venga de donde venga, siempre será bien recibido y está en el capitulo 1 del Manual de lo políticamente correcto. Sostener al contrario, que la violencia posee contextos de justificación, está en las antípodas de lo anterior. Me propongo hacer una reflexión que trascienda lo políticamente correcto y permite entender por qué razón la violencia puede ser justificada y cuáles son las complejidades que implica.

El sentido común unido a un conocimiento promedio de historia, permite afirmar que aun cuando queramos eliminar la violencia en la sociedad, aceptamos su existencia como algo dado, distinguiendo de este modo, aspiración de realidad. Es sabido que muchos sistemas políticos, en un tiempo histórico de 5000 años, han conocido o han caído en sistemas tiránicos caracterizados por la ausencia regulatoria del poder.

No digo Estado de Derecho porque en una Monarquía o en tiempos de Roma, tal noción no existía y no por ello, no existía regulación del poder. Por otro lado, también han existido a lo largo de la historia, grandes desplazamientos de grupos humanos invasores quienes han actuado con tremenda violencia y brutalidad como lo hicieron los hunos, los españoles en América, los bárbaros con Roma, etc. sin establecer regimenes tiránicos sino ocupando la violencia como un método de sumisión y opresión.

Es decir, la violencia y el uso de la fuerza son una parte de la realidad del ser humano, estemos o no de acuerdo con ella.

Este predicamento no implica aceptar esta condición como un hecho inamovible, sino todo lo contrario.  Por esa razón existe el rechazo a la violencia como medio para regular la relación entre seres humanos y grupos de ellos, y se han creado leyes, sistemas políticos, y diversas formas para desterrarla enfocándose en su eliminación como herramienta ordenadora de las relaciones sociales. Por lo mismo, es un hecho aceptado que el combate a la violencia y la fuerza, no se hace empleando la fuerza.

Esta es una regla general. No obstante esta consideración, no menos cierto es que la violencia genera o resulta en muchos casos, en la creación de un nuevo orden político social, que casi siempre, es el objetivo que ha perseguido el uso de la fuerza. Desde luego surge la gran pregunta; ¿Qué derechos asisten a quienes han sido atropellados por la acción de esta fuerza y violencia? Más sentido cobra lo anterior si consideramos que estos nuevos órdenes sociales impuestos casi nunca respetan el derecho anterior.

Debido a ello, tal regla general – como toda regla general – posee una cantidad no poca de excepciones, muchas de ellas tendientes precisamente a justificar el empleo de la violencia en condiciones extremas o extra ordinarias. Por ejemplo, todos los códigos penales del mundo conocen como eximente de la responsabilidad penal a la legítima defensa que justifica la violencia de un arma con otra arma de similares características.
Y es legítima, no legal, por cuanto se hace una consideración de orden moral, una excepción que no encuentra su justificación en la ley, sino en el contexto. A nivel de las relaciones internacionales se acepta asimismo el uso de la fuerza para imponer la voluntad de la comunidad internacional.

Es el caso de países que vulneran los derechos de las personas a consecuencia de su raza o creencia religiosa, etc. la comunidad internacional puede emplear las fuerzas militares para intervenir. Esto ha sido sumamente cuestionado, pero existe en virtud de considerar la violencia y el uso de la fuerza como un contra peso necesario. Se legitima esta respuesta violenta mediante acuerdos.

De lo anterior se desprende entonces que la violencia puede ser y es justificada tanto cuando la utilicen personas, países o incluso la comunidad internacional.

La ciencia política ha considerado el empleo de la violencia como justificada aun cuando difiere en el origen o la fuente material de esta justificación. En términos muy generales y con matices, se ha aceptado la idea de que un régimen tiránico puede ser depuesto mediante el uso de la fuerza.

Las monarquías teocráticas chinas, las ciudades estado de Grecia y Roma, Juan de Salisbury, Santo Tomás de Aquino, Martín Lucero, Calvino, John Locke, Rousseau e incluso, la propia Declaración de Independencia de los Estados Unidos, reconocen el derecho de resistirse o rebelarse para deponer un régimen tiránico.

Algunos pensadores justifican incluso el tiranicidio, otros no, pero todos tienden a identificar que el poder de los soberanos radica en un grupo social mas o menos amplio; para algunos, nobles y monarcas, para otros, la soberanía radica en el pueblo mismo y todos justifican la invocación de este derecho cuando el poder establecido haya sido usurpado. De ello nace el derecho a rebelión ya que el poder establecido y acordado ha sido usurpado y la pregunta lógica es ¿por qué hay que aceptar este acto ilegal y arbitrario?

Nada justifica esta usurpación, no obstante la ciencia política y jurídica acepta que el ordenamiento normativo creado por este nuevo orden político y social resultado de la usurpación, es susceptible de adquirir normalidad legal a medida que las normas que dicta se aplican. Así, se da una paradoja extraordinaria:
Quienes hayan usurpado el poder constituido pueden, sin hacer ningún esfuerzo por democratizar su nuevo orden social y político, crear nuevas leyes e incluso un nuevo constituyente sin tener un titulo que los habilita moral o legalmente.

De aceptar eso a ciegas y sin cuestionamientos, sería llegar y llevar del punto de vista de generar y promover Golpes de Estado. Por esa razón, esta situación tan paradójica tiene en el derecho a la rebelión, una respuesta que reconoce a quienes se sienten afectados por la usurpación ilegal e ilegitima, el derecho de alzarse en armas en contra de un poder tiránico y a diferencia de su oponente, posee titulo legítimo.

En Chile, en 1973 el poder político fue usurpado. Se destruyó la división de poderes, fue abolida la República y mediante la fuerza y la violencia ejercida desde el Estado, se impuso un régimen tiránico.

Es un hecho evidente e indiscutido del punto de vista de la ciencia política ya que la Constitución dejó de regir, no había Estado de derecho y en esas condiciones, fueron asesinadas y desaparecidas miles de personas, el país vivió en Estado de Excepción y los derechos fundamentales perdieron toda vigencia y protección por parte de los Tribunales de Justicia, poder del Estado inutilizado que recibió más de cinco mil recursos de amparo sin aceptar prácticamente ninguno. El poder legislativo estaba en “receso” y las leyes las dictaba una Junta Militar totalmente ilegal.

La Constitución de 1980 vino a crear un marco normativo nuevo, sin entrar a regir por cuanto durante toda la dictadura rigieron disposiciones constitucionales transitorias. Así, la ley tuvo vigencia aunque no tuvo legitimidad, y no la tiene hasta el día de hoy. Lo que existe hoy es resultado del uso institucional, pero no legitimidad. El estatuto jurídico que nos gobierna es totalmente legal, pero carece de la fuerza moral y ética que da legitimidad a un ordenamiento institucional.

Sin embargo, entre 1973 y 1990, ¡ni siquiera había ley y se pretende que debamos acatar esto sin decir nada y al mismo tiempo condenar la política de todas las formas de lucha!

Esta política se encuentra plenamente justificada del punto de vista moral, político y jurídico. El régimen militar era tiránico, ilegal, ilegítimo, ejercía con violencia el poder usurpado y las personas, el pueblo, no tenía libertad, no podía ejercer la soberanía y la Junta Militar no contaba con el consentimiento libre del pueblo para gobernar toda vez que ninguna garantía estaba vigente al momento de votar la Constitución en 1980. El pueblo estaba inseguro, desprotegido en sus derechos, de hecho ninguno de los derechos que la propia Constitución de 1980 consagra podía protegerse por los tribunales.

Las palabras del Presidente del PC publicados por el diario La Tercera, que por lo demás distan en términos de la responsabilidad de la forma en que los altos mandos chilenos y los civiles que los acompañaron, asumen las suyas desde el Estado, no señalan en todo caso que el PC  ideó su propia receta para avanzar y ejercer el derecho a la rebelión; su componente de masas.

No era una estrategia de insurrección, como la que inspiró por ejemplo, la violencia ejercida durante la Revolución Francesa. Jamás la política militar del PC se concibió al margen de la acción popular, a tal punto que cuando millones de chilenos se inscribieron para el Plebiscito de 1988, el PC decidió poner fin a su estructura político militar. No tuvo otra opción política ni moral que enfrentarse con todas las formas de lucha al dictador a partir de 1977 y no tuvo otra opción tampoco que abandonar la Rebelión Popular de Masas en 1988 cuando era claro lo que se avecindaba.

Dicha política militar pudo haber cometido muchos errores o excesos porque los limites siempre se exceden, lo hace la comunidad internacional, se exceden los países, lo hacen las personas, no lo va a hacer el PC, sin embargo tuvo también numerosos aciertos, simpatías y admiración por la solvente posición ética y política que encerraba.

Es de esperar, y hay que hacer todo lo posible para aquello, que en nuestro país no vuelva a suceder nunca más un Golpe de Estado, pero es bueno que quienes siempre contemplan esas alternativas, casi siempre son grupos de derecha ligados a militares y los Estados Unidos, y es positivo para el devenir nacional, que sepan de la existencia del derecho a la rebelión y que existan quienes tengan la dignidad de ejercer ese derecho.

(*) Cientista Político, Instituto de Ciencias Alejandro Lipschutz