Intentos de golpes de Estado de la
Asamblea Nacional
Tres hitos ha protagonizado la
Asamblea Nacional (AN) para intentar dar un golpe institucional al poder
ejecutivo presidido por Nicolás Maduro. Las corporaciones mediáticas y aliados
políticos de la MUD, por supuesto, no reconocen estos tres intentos de golpe en
menos de seis meses que resumimos a continuación.
Primer intento de golpe: Juicio político contra el presidente legítimo
de Venezuela
El 25 de octubre de 2016, la AN
acordó el inicio de un juicio político al presidente de la República
Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro. Un recurso que no existe en la
Constitución y que intentó desestabilizar la institucionalidad democrática del
país.
Como sabemos, declarando un
"golpe de Estado" supuestamente perpetrado por el presidente Nicolás
Maduro el pasado mes de octubre, Misión Verdad explicó que el antichavismo
desde la Asamblea Nacional había emprendido un juicio político contra el
presidente Nicolás Maduro, además de exigir la remoción del Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ) y del Consejo Nacional Electoral. Decretaron de manera espuria
una aplanadora al poder Ejecutivo, Judicial y Electoral. Es decir, técnicamente
decretaron un golpe de Estado y la supresión de los cargos representantes de tres
poderes del Estado.
Hubo claramente un acto de
incitación pública al golpe en una reunión con mayoría de representación de la
MUD en el Hemiciclo, un delito que la oposición aún no piensa reconocer. Además
el antichavismo intentó usurpar funciones del TSJ, lo que es básicamente el
intento de un golpe institucional contra el Estado venezolano y la soberanía
nacional.
Segundo intento de golpe: Acuerdo de abandono del cargo por parte del
Presidente venezolano
El 9 de enero de 2017, otra vez
la AN llegó a un acuerdo, esta vez para decretar el abandono del cargo por
parte del presidente Nicolás Maduro.
En vista del fracaso con respecto
al primer intento de golpe ("el juicio político"), la AN -aún en
posición de desacato constitucional- decidió darse un respiro político ante los
grandes titulares de la prensa corporativa internacional al declarar el
abandono del cargo del Presidente. Lo que no tomaron en cuenta -por evidente
omisión deliberada- fue que según la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, en sus artículos 232 y 233, los únicos supuestos de hecho para
declarar el abandono de cargo o falta absoluta del Presidente de la República
son la violación a la soberanía nacional, a la integridad territorial y a la
defensa de la nación, o a su revocatoria popular, muerte, renuncia o la
incapacidad física o mental certificada por el TSJ. El parlamento depende del
dictamen del máximo ente judicial del país, no al revés.
Al no cumplirse ninguno de los
supuestos constitucionales y la situación de desacato de la Asamblea Nacional,
dejó dicha declaración sin efecto jurídico vinculante. Aunque sí quedó en
evidencia el intento de utilizar el parlamento venezolano como un activo
institucional para intentar derrocar al presidente Nicolás Maduro.
Tercer intento de golpe: Exigencia de aplicación de la Carta
Democrática Interamericana de la OEA contra Venezuela
El reciente 21 de marzo de 2017,
la AN aprobó otro proyecto de acuerdo que viola la Constitución venezolana, en
el que oficializó el respaldo a la activación de la Carta Democrática
Interamericana de la OEA contra el país.
Al no poder derrocar al Gobierno
Bolivariano por haber derrochado todos sus cartuchos y agotado su capital
político, la oposición que hace mayoría en el parlamento hizo gestos de
convocatoria a la injerencia foránea con la Organización de Estados Americanos,
con sede en Washington, como principal pivote para la aplicación de la Carta
Democrática sobre Venezuela. Julio Borges, desde el parlamento venezolano en
desacato, lideró esta insólita moción de apoyo que guardaba como principal
argumento que la Carta Democrática estaba por encima de la Constitución.
El argumento del dirigente de
Primero Justicia y actual "presidente" de la AN en desacato consiste
en que Venezuela debe subordinarse a los dictámenes de la OEA, aunque en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela aparezca explícitamente
como principio señalado que el país no debe someterse a ningún tratado, acuerdo
o dictamen que vulnere la autodeterminación, la soberanía y la
institucionalidad nacional. Esto significó, una vez más, un flagrante
desconocimiento del orden constitucional y de los poderes del Estado de Derecho
por parte de la MUD y sus aliados a lo interno e internacionalmente, utilizando
la AN como cobertura institucional para legitimar un asalto a la soberanía
nacional y en desconocimiento del poder ejecutivo.
Tres intentos de derrocar al
presidente Nicolás Maduro en menos de seis meses. El TSJ, con sus últimas dos
sentencias, protege la Constitución y al Estado venezolano de este poder
autoanulado y con un nítido expediente de intentos de golpes de Estado.